El titular de una marca registrada o en trámite podrá conceder, mediante convenio, licencia de uso a una o a más personas, con relación a todos o algunos de los productos o servicios a los que se aplique dicha marca.
La licencia deberá ser inscrita en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para que pueda susrtir efectos en perjuicio de terceros.
Para inscribir una licencia en el Instituto bastará formular la solicitud en los términos que fija el reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.